Puede que te sorprenda, pero a pesar de que Europa se considera un ejemplo en el reconocimiento de los derechos humanos, en cuestión de reproducción asistida todavía hay unos cuantos países europeos en los que existen muchas barreras legales para que las mujeres solas y las mujeres con pareja del mismo sexo puedan acceder a estas técnicas, por no hablar de las personas trans e intersex.

En Francia, sin ir más lejos, hace muy poco que se ha aprobado una ley en el Parlamento que permite la reproducción asistida en mujeres sin pareja masculina, y después de un largo debate. Tampoco era posible congelar óvulos para aplazar la maternidad por motivos sociales, algo que con la nueva ley ya se puede hacer. En Alemania, si eres una mujer sin pareja o con pareja femenina puedes acceder a la donación de esperma, pero no a la donación de óvulos o de embriones. Y si eres transexual no hay opciones , ya que para las personas trans no hay una normativa que regule el acceso a la reproducción asistida.

Asimismo, aunque en Gran Bretaña pueden acceder a los tratamientos de reproducción asistida (TRA) tanto las parejas de mujeres como las mujeres sin pareja, el hecho de que los hijos nacidos a partir de donaciones de óvulos o esperma puedan conocer la identidad de sus padres biológicos, que se produjo tras un cambio legislativo, ha comportado una disminución importante de los donantes y las donaciones. Y en Italia, a las mujeres sin pareja o a las parejas de mujeres la ley no les permite realizar una fecundación in vitro ni una inseminación artificial.

Como ves, el panorama no es muy alentador, y la diversidad legal en Europa ha favorecido que muchas mujeres europeas se desplacen a otros países para poder cumplir su deseo de ser madres. Entre sus principales destinos se incluye España. La razón es que nuestro marco legal es mucho más permisivo, ya que posibilita el acceso a todos los tratamientos de reproducción a mujeres sin pareja o con pareja del mismo sexo, y desde hace 15 años, ya que la actual ley de reproducción asistida entró en vigor en el 2006. Además, la donación de semen, óvulos y embriones en nuestro país es completamente anónima, lo que facilita las donaciones. Por otro lado, el hecho de que España sea uno de los países europeos que realiza un mayor número de ciclos de tratamientos de reproducción asistida ha hecho posible que contemos con profesionales muy cualificados, centros consolidados con amplia experiencia y muy buenas tasas de éxito.

De hecho, en Dexeus Mujer más de un 20% de los 3.000 tratamientos de reproducción asistida que realizamos al año los hacemos a pacientes extranjeras, en su mayoría procedentes de Francia e Italia, aunque también acuden pacientes de países vecinos como Andorra y Portugal, así como de Gran Bretaña, Bélgica, Alemania, Países Bajos, Luxemburgo y Mónaco, Suiza e incluso de Estados Unidos.

Ahora, gracias a la nueva propuesta de ley “trans” que el Ministerio de Igualdad ha puesto en marcha, las mujeres sin pareja, las mujeres con pareja homosexual y bisexuales también podrán acceder a la reproducción asistida en nuestro país a través de la sanidad pública, un derecho que estaba vetado desde el 2014, y se prevé ampliar ese derecho a las personas trans con capacidad de gestar. La nueva propuesta también reconoce el derecho a la filiación de hijos e hijas de parejas homosexuales femeninas, aunque no estén casadas.

Sin duda son muy buenas noticias, aunque actualmente las listas de espera en la sanidad pública para acceder a la reproducción asistida son muy largas y el veto por edad –la mujer no puede tener más de 40 años y el hombre menos de 55– y otras restricciones, como el hecho de que el número de tratamientos que se pueden hacer esté limitado, reducen las posibilidades.

Un tema pendiente es el de la gestación subrogada. En España la actual ley de reproducción considera nulo cualquier contrato de este tipo, lo que impide que mujeres con ausencia de útero u otras indicaciones médicas y los hombres –parejas homosexuales masculinas y hombres sin pareja– puedan acceder a la paternidad a través de esta práctica. Pero la ley actual no la prohíbe ni la sanciona, por lo que es posible para un ciudadano español tener un hijo o hija por esta vía en otro país donde sí esté regulada. Actualmente está permitida en Canadá, Estados Unidos (aunque no en todos los Estados), Tailandia, Georgia, la India, Ucrania y Grecia. Israel acaba de anunciar recientemente que, a partir de mediados de enero este año, los homosexuales, transexuales y hombres solteros podrán acceder a ella. En España el debate por su regulación está abierto. Pero en cualquier caso es una realidad que deberá afrontarse ya que son muchos los españoles que se han desplazado a otros países para poder ser padres a través de esta opción.

Uno de los aspectos que más preocupa en estos casos es registrar al niño como ciudadano español. En este sentido, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha establecido claramente que los estados europeos deben reconocer la identidad del niño y establecer mecanismos para registrarlo que sean rápidos.

En cualquier caso, la demanda para acceder a los tratamientos de reproducción va en aumento, por lo en los próximos años es posible que cada vez más países adapten su legislación a las necesidades de la sociedad y aumenten las facilidades para que todas las personas puedan acceder a estas técnicas independientemente de su género y /o/ orientación sexual.

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